Información sobre etiquetado de alérgenos en establecimientos

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En el post de hoy en Orgullo celíaco, vamos a tratar el tema de la legislación referente a alérgenos alimenticios y en concreto a nuestro caso: el gluten.

El principal problema que hemos encontrado a lo largo del tiempo en Orgullo celíaco es la imposibilidad de poder disfrutar con plena seguridad de una comida con los amigos fuera de casa, y no digamos ya de un desayuno, lo cual puede convertirse en algo casi imposible (dependiendo de la ciudad en la que nos encontremos).

El reglamento europeo 1169/2011 del 25 de octubre de 2011 trata sobre la información facilitada al consumidor en establecimientos tales como bares y restaurantes en el que se establece:

La Unión Europea debe contribuir a lograr un alto nivel de protección de los consumidores mediante medidas.

En el citado reglamento se plantea lograr un alto nivel de protección de la salud de los consumidores mediante una correcta información.

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Panel de iconos indicativos de todo tipo de alergias alimenticias

 

 

En el reglamento se expone la necesidad de implantar etiquetado completo y eficaz en cada establecimiento.

En España tuvimos un periodo de moratoria hasta diciembre de 2014, por lo que desde ese día todo establecimiento debe obligatoriamente mostrar información sobre alérgenos.

En Orgullo celíaco hemos encontrado de todo, desde establecimientos con carta adaptada mostrando iconos de alérgenos, a otros que indican que toda su carta es apta para celiacos, incluso algunos con código QR que contienen información.

Con todo ello, y teniendo la legislación vigente, hay muchos establecimientos que aún no han adaptado sus cartas.

Por otro lado, el problema de las intolerancias está cada día más a pie de calle. Casi todo el mundo tiene un familiar o amigo que sufre de alguna de ellas, por lo que cada vez más encontramos camareros o cocineros con la suficiente concienciación para poder atendernos sin problemas a pesar de que el establecimiento no tenga información en su carta.

El hecho de tener una carta adaptada evita que el consumidor tenga que preguntar qué puede y qué no puede pedir, lo que supone también evitar preguntar a una persona que puede que no haya sido formada en materia de alérgenos. Incluso con la carta adaptada y personal con formación en manipulación de alimentos, hemos sufrido contaminaciones cruzadas, incluso en franquicias que se supone tienen espacios habilitados para la elaboración.

Por tanto, y en base a la legislación, tenemos el derecho de ser informados de qué comemos y de denunciar en el caso de que no se cumpla.

Desde Orgullo celíaco recomendamos siempre informar a los camareros y cocineros de nuestra intolerancia antes de consumir en su establecimiento y así poder valorar si el sitio es seguro para comer. Nuestra experiencia nos ha hecho ser muy desconfiados, y a veces pesados, en los sitios que hemos visitados pero es la única forma de evitar contaminaciones y hacer patente la importancia de nuestra intolerancia.

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